CONTACTOS

→ Cel. #963279819
→ Watssap: 963279819
→ E-mail: hchoquehuancaci@gmail.com
→ Facebook:https://www.facebook.com/noticiasprensalibreGo///

Cierre de brecha digital

CONTRATO DOCENTE 2021

10 mayo 2018

Aprueban la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica-2018”.

Aprueban la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica-2018”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 212-2018-MINEDU


Lima, 9 de mayo de 2018
VISTOS, el Expediente N° 0070343-2018, el Informe Nº 316-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N° 401-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, el artículo 17 de la precitada Ley establece que el ingreso a la Carrera Pública Magisterial es por concurso público y que se formaliza mediante resolución de nombramiento en la primera escala magisterial;
Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 19 de la Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación autoriza, cada dos años, la convocatoria para el concurso público de ingreso a la carrera pública magisterial;
Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la referida Ley, incorporada mediante la Ley N° 30747, “Ley que modifica la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, para autorizar al Ministerio de Educación la convocatoria anual para el concurso público de ingreso a la Carrera Magisterial entre los años 2018 y 2022”, establece que el concurso para el ingreso a la Carrera Pública Magisterial durante el periodo comprendido entre los años 2018 y 2022 es autorizado anualmente por el Ministerio de Educación, quedando en suspenso durante dicho plazo la periodicidad a que se hace referencia en el artículo 19 de la Ley Nº 29944;
Que, a través del Oficio N° 851-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Directora General de la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 316-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, con el cual se sustenta la necesidad de que, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento, se apruebe la norma técnica que establezca, entre otros aspectos, criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial en instituciones educativas públicas de Educación Básica, a realizarse el año 2018;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica; del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional; de la Secretaría General; de la Secretaría de Planificación Estratégica; de la Dirección General de Desarrollo Docente; de la Dirección General de Educación Básica Regular; de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; de la Dirección General de Educación de Servicios Educativos Especializados; de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar; de la Dirección General de Gestión Descentralizada; de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica-2018”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente Norma Técnica a la Dirección General de Desarrollo Docente dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

30 abril 2018

Minedu lanza registro para estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad que participarán en las evaluaciones de logros de aprendizaje 2018.

Desde el 23 de abril el registro esta disponible en la web de la UMC y contará con una guía para su utilización.
Con el objetivo de garantizar que todos los estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad participen en las evaluaciones de logros de aprendizaje 2018 y cuenten con los instrumentos necesarios, el Ministerio de Educación, a través de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, pone a disposición el Registro de Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (R-NEE).
El registro NEE es un sistema que permitirá a todos los directores, de instituciones públicas y privadas a nivel nacional, identificar a sus estudiantes que presentan necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad en los grados de la Evaluación Censal de Estudiantes (ECE) y evaluaciones muestrales 2018.
El registro se encuentra en la página web de la UMC: umc.minedu.gob.pe/nee, y cuenta con la “Guía para asegurar la inclusión en las evaluaciones estandarizadas”, en la que el director encontrará información acerca del proceso de recojo y organización de la información de sus estudiantes; los procedimientos para registrar la información en la plataforma R-NEE; y los mecanismos de soporte y consulta que los ayudarán a cumplir dicha actividad.
Cabe mencionar que en la ECE 2016 más de 200 estudiantes con necesidades educativas especiales fueron evaluados con adaptaciones; de los cuales, 122 estudiantes con discapacidad auditiva recibieron las instrucciones de parte de un intérprete de Lengua de Señas Peruana; 77 estudiantes con baja visión recibieron pruebas en macrotipo; y 14 estudiantes con ceguera recibieron pruebas en braille con gráficos, tablas, mapas y diagramas. En las evaluaciones de logros de aprendizaje 2018 se tiene previsto garantizar la participación de todos los estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad.
Para más información ingrese a: umc.minedu.gob.pe/nee

27 abril 2018

UGELCARABAYA: RESULTADOS PRELIMINARES DE CALIFICACIÓN DE HOJA DE VIDA DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS (CAS)




24 abril 2018

MINEDU publicó Cronograma y Convoca a Evaluación Ordinaria del Desempeño Docente de Nivel Inicial (II Tramo) 2018.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINEDU
Evaluación del Desempeño Docente
Nivel Inicial - Tramo II
www.minedu.gob.pe


La implementación de la Evaluación del Desempeño Docente (EDD) es progresiva. Para el año 2018, el ministerio de Educación tiene previsto el desarrollo del segundo tramo con la evaluación de los docentes del Nivel Inicial de Educación Básica Regular que en el año 2017 se encontraban en las escalas I y II de la CPM.

MINEDU: Relación Consolidada de Docentes Sujetos a la EDD del Nivel Inicial – Tramo II, 2018

Docentes a evaluar

A continuación, se presenta la relación de profesores sujetos a la Evaluación del Desempeño Docente (EDD) en las escalas magisteriales 1 y 2, con aula a cargo en el nivel inicial*, ciclo I (cuna) o ciclo II (jardín), sujetos a evaluación en el segundo tramo de la EDD nivel inicial.
Puede revisar la siguiente relación consolidada de docentes sujetos a la Evaluación del Desempeño Docente Nivel Inicial – Tramo II, 2018:
De igual forma, usted puede consultar la relación de docentes que serán evaluados por región:
*Los docentes que corresponden ser evaluados son los docentes del nivel inicial con aula a cargo que en el año 2017 estuvieron en las escalas 1 y 2 de la Carrera Pública Magisterial.

23 abril 2018

Sebastián Nieto de la OCDE: “Hay que seguir el plan de Jaime Saavedra”

Entrevista de Mariana Ruiz para Perú.21
Mucho se ha hablado sobre las reformas educativas que el interpelado Jaime Saavedra buscó implementar en su gestión como ministro de Educación. Esa vez, la presión política pudo frenar iniciativas que surgieron en un contexto crítico de la situación pedagógica del Perú.
Sebastián Nieto, jefe para América Latina y el Caribe del Centro de Desarrollo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) , brindó unos minutos de su agenda dentro de sus actividades en el XII Foro Internacional de Economía Quo Vadis Perú 2018, de la Cámara de Comercio de Lima, para detallar los desafíos del país en materia educativa y los retos para luchar contra la informalidad.
Luego del paso de tres ministros (Saavedra, Martens y Vexler), ¿cuál sería la prioridad en materia educativa en Perú?
Creo que la agenda fue muy bien trazada por el ministro Saavedra. El primer aspecto tiene que ver con la creación de incentivos para que los profesores mejoren su desempeño y luego hacer el acompañamiento mediante capacitación. También se debe mejorar la supervisión de las instituciones de educación terciaria.
En cuanto a la inversión en educación, ¿qué proyectos tendrían la prioridad?
Un aspecto importante es la inversión en infraestructura escolar, sobre todo en las zonas más remotas. Hay varias iniciativas que deben complementarse más allá del ámbito educativo. Se necesita una política de Estado, donde se recauden mayores tributos a fin de hacer la financiación en educación. Una inversión cercana al 6% del PBI. La tarea del nuevo ministro es de continuar lo diseñado por Saavedra.
¿Cómo debería fortalecerse la Sunedu? Hace más de un mes la presidenta fue destituida por una acusación de plagio.
Vemos bienvenido todo lo que tenga que ver con mayor independencia de esta superintendencia y se permita que haga una labor eficaz y no solamente los lineamientos queden como un diseño potencial. Precisamente para ello se necesita que el capital humano esté capacitado en la misma tendencia.
Durante la gestión del presidente Vizcarra como gobernador regional de Moquegua se mejoró en este tema. Se cree que su experiencia pueda encaminar los objetivos del Gobierno. ¿Cree que esto es posible?
Precisamente vemos excelente tener un presidente que conoce muy bien las dinámicas regionales y subnacionales del país. El caso de Moquegua es bienvenido porque participó en la mejora de la calidad educativa. Es algo que desde la OCDE creemos importante, dadas las altas disparidades en el país y la brecha entre el gobierno nacional y los subgobiernos. Lo vemos bienvenido.
Viendo más un poco el tema internacional, ¿qué beneficios tiene un país cuando integra la OCDE?
Las ventajas son múltiples. Socializar, conocer experiencias internacionales y tener pautas de dirección. Los países que lo integran fomentan un crecimiento inclusivo donde se manejan políticas sostenibles que fomentan la productividad. Temas que venimos trabajando con Perú ya hace tiempo, desarrollando estudios multidimensionales de condiciones para alcanzar un mayor desarrollo. Estamos adaptando estándares internacionales.
El Perú busca reducir su tasa de informalidad a 50% para 2021, pero hasta 2017, según el INEI, esta se encontraba en 72%. ¿Ve factible reducirla para llegar al objetivo?
Desde la OCDE hemos estimado que esa estadística esté cercana al 70%. Es una informalidad alta y se necesita reducir. Son 20 puntos porcentuales de lo que equivale el PBI per cápita. Se debe agendar.
¿Usted cree que se pueda llegar a la meta?
En este momento, si se sigue la tendencia, solamente en 2030 llegaremos a una tasa de informalidad del 50%.
¿Qué tipo de políticas se podrían implementar?
Las relacionadas con un marco productivo más eficiente con mejoras en educación y competencias, que son factores que fomentan mayor formalización laboral. También las que están relacionadas con los costos laborales altos para formalizar. Por ejemplo, aportes de seguridad social, despidos colectivos. Además, se debe mantener los incrementos de salario mínimo alineados con las ganancias de productividad e inflación. Hay que ver la forma en que los informales tengan condiciones de vida digna.
Por el lado tributario, ¿cómo se han manejado los países que son parecidos al Perú?
La recaudación en Perú es de 16% del PBI. Este es un nivel muy bajo con respecto a los demás países de la OCDE, que están en promedio en el 34% del PBI. Se necesita no solo una mayor recaudación, sino también un cambio en la estructura con políticas antievasión e impuestos focalizados, por ejemplo, a los que favorezcan al medio ambiente.
Perú acaba de iniciar una nueva etapa de gobierno. ¿Cómo observa el desarrollo de la lucha contra la corrupción?
El informe de perspectivas económicas que presentamos en la Cumbre de las Américas revela que en la región la insatisfacción por las instituciones ha crecido y, detrás de esto, vemos una clase media que pide mejores servicios públicos. Quizás las instituciones han mejorado, pero no a la velocidad que la gente quiere.
El desarrollo de estas políticas suele implicar oposición de algunos grupos políticos. ¿Es evitable?
Se necesita coherencia entre todos los partidos políticos. Ya se puede ver cómo la oposición en los países de la región se maneja. Eso es importante.
DATOS:
* El premier César Villanueva se reunió con líderes de la OCDE para reiterar la intención peruana de adherirse a la organización.
* La Cámara de Comercio de Lima estimó que Perú podría acelerar su ingreso a la OCDE si refuerza los temas de gobernanza pública, la reducción de la informalidad, simplificar sus procesos administrativos e incentivar la industria verde.
* Sebastián Nieto comentó que se reunió con David Tuesta, ministro de Economía, para tratar temas tributarios y de informalidad.
Foto: Perú 21

21 abril 2018

Aprueban la Norma Técnica «Norma que regula el Segundo Tramo de la Evaluación Ordinaria del Desempeño para Profesores de Instituciones Educativas del Nivel Inicial de la Educación Básica Regular de la Carrera Pública Magisterial»




Lima, 20 de abril de 2018
VISTOS, el Expediente N° 0050224-2018, el Informe Nº 171-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, y el Informe N° 308-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del estado;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial;

Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la carrera pública magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley de Reforma Magisterial, modificado por el artículo 2 de la Ley N° 30541, la evaluación del desempeño docente es condición para la permanencia y se realiza como máximo cada cinco (05) años, siendo una evaluación obligatoria, con excepción de aquellos profesores que, durante todo el período de evaluación, se encuentren gozando de las licencias con o sin goce de remuneraciones previstas en la referida Ley o que se encuentren ocupando un cargo en otras áreas de desempeño laboral; señalando además, que los profesores que no aprueben en la primera oportunidad reciben una capacitación destinada al fortalecimiento de sus capacidades pedagógicas, luego de la cual participan en una evaluación extraordinaria;

Que, de conformidad con lo señalado en los numerales 33.1 y 33.2 del artículo 33 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, modificados por el artículo 1 de los Decretos Supremos N° 001-2016-MINEDU y N° 005-2017-MINEDU, el Ministerio de Educación establece las políticas nacionales y las normas de evaluación docente, en base a las cuales se determinan los modelos de evaluación docente, criterios, indicadores e instrumentos de evaluación y los mecanismos de supervisión y control de los procesos para garantizar su transparencia, objetividad y confiabilidad; pudiendo asesorar o asumir, directamente o a través de terceros, el diseño y aplicación de instrumentos propios de la evaluación descentralizada en cualquier momento de dicho proceso; así como brindar asesoría, acompañamiento o supervisión a los Comités de Evaluación, cuando lo considere necesario;

Que, el numeral 47.1 del artículo 47 del precitado Reglamento, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 005-2017-MINEDU, establece que el Ministerio de Educación determina los criterios e indicadores para la evaluación del desempeño en base a los dominios establecidos en el marco del Buen Desempeño Docente, considerando las diferentes formas, modalidades, niveles y ciclos que integran el sistema educativo peruano; siendo un proceso realizado en coordinación con las diversas Direcciones del Ministerio de Educación responsables de las mismas;

Que, el numeral 47.3 del artículo 47 del precitado Reglamento, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 005-2017-MINEDU, establece que el Ministerio de Educación aprueba, mediante norma específica, las estrategias, las técnicas e instrumentos de evaluación de desempeño, los cuales pueden ser aplicados directamente por dicha instancia o por entidades especializadas para su posterior consolidación por parte de los miembros de los Comités de Evaluación;

Que, mediante 
Resolución Ministerial N° 317-2017-MINEDU se convocó el Primer Tramo de la Evaluación Ordinaria de Desempeño para Profesores de Instituciones Educativas del Nivel Inicial de la Educación Básica Regular de la Carrera Pública Magisterial, el cual estuvo dirigido a profesores del referido nivel de las escalas magisteriales III y superiores, y se llevó a cabo conforme a lo establecido en la norma técnica aprobada mediante Resolución de Secretaría General N° 141-2017-MINEDU;

Que, a través del Oficio N° 744-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Directora General de la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 171-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, con el cual se sustenta la necesidad que se apruebe la norma técnica que establezca los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del segundo tramo de la evaluación ordinaria del desempeño para profesores de instituciones educativas del nivel inicial de la Educación Básica Regular de la Carrera Pública Magisterial; en el cual están sujetos a evaluación los profesores del referido nivel que en el año 2017 se encontraban en las escalas I y II de la Carrera Pública Magisterial, así como, aquellos profesores sujetos a evaluación en el primer tramo que debido a causas fortuitas, de fuerza mayor o ajenas a su voluntad, no fueron evaluados;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica; del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional; de la Secretaría General; de la Secretaría de Planificación Estratégica; de la Dirección General de Desarrollo Docente; de la Dirección General de Educación Básica Regular; de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; de la Dirección General de Gestión Descentralizada; de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente Norma Técnica a la Dirección General de Desarrollo Docente dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión pedagógica del Ministerio de Educación.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

18 abril 2018

Entregaran incentivos a más de 90 instituciones educativas que participaron del desfile escolar el pasado 08 de abril.


En el marco de las celebraciones por el 236 aniversario de la Inmolación del General Pedro Vilcapaza Alarcón, la comuna provincial ha previsto realizar la entrega de incentivos a las instituciones educativas que participaron del desfile escolar realizado el pasado 08 de abril.

Wilber Cari Chuquitarqui, presidente de la comisión, refirió que la entrega de los estímulos se cumplirá el día de hoy miércoles 18 de abril en la plaza san Bernardo frontis de la comuna azangarina a partir de la 9:00 horas de la mañana. Al acto deberán de concurrir los directores de cada entidad educativa participante, portando sellos y copia de Documento Nacional de Identidad. 
Finalmente el dijo; que la invitación está hecha, se espera la concurrencia de los representantes titulares de las Instituciones para canalizar mejor lo anunciado.