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01 marzo 2018

MINEDU: Formación en colegios no debe durar más de 15 minutos.


Minedu dispone que instituciones educativas públicas y privadas adopten medidas preventivas para evitar daños a la salud.

Clases comienzan el 12 de marzo, pero las UGEL pueden determinar una fecha distinta según características de su territorio.



Los colegios deben limitar como máximo a 15 minutos y una vez a la semana la formación o concentración de los estudiantes en lugares abiertos, o suspender esta actividad en épocas del año en las que los niveles de radiación son muy altos o extremadamente altos.

Mediante una resolución de Secretaría General, el Ministerio de Educación (Minedu) dispuso que las instituciones educativas públicas y privadas de educación básica, técnico-productiva, superior tecnológicas, pedagógica y artística adopten medidas preventivas para evitar los efectos nocivos de la exposición prolongada a la radiación solar.

Como parte de estas medidas, el Minedu pidió a las instituciones educativas que promuevan entre los estudiantes el uso de sombreros de ala ancha, camisas y polos de manga larga y colores claros, bloqueador solar y lentes con filtro UV, entre otros elementos. 

Asimismo, dispuso que las actividades pedagógicas, deportivas y de otro tipo que se realicen al aire libre se efectúen preferentemente hasta las 10 horas o a partir de las 16 horas; en caso contrario, se debe procurar realizarlas en espacios techados o provistos de sombra natural.

El Minedu pidió también promover la arborización de las instituciones educativas con especies que provean sombra natural y gestionar la adquisición y colocación de mallas en tejido raschell en las áreas abiertas donde se desarrollan acciones educativas.

Por otra parte, el Minedu señaló en la Resolución Ministerial N° 657 sobre orientaciones para el desarrollo del año escolar 2018 que el inicio de clases en las instituciones educativas públicas está previsto para el 12 de marzo, aunque indicó que las unidades de gestión educativa local (UGEL) pueden determinar una fecha distinta o flexibilizar horarios tomando en cuenta las características geográficas, climatológicas, económico-productivas y socioculturales de su territorio.

Esta calendarización debe contar con el visto bueno de las respectivas direcciones regionales de Educación y garantizar el cumplimiento de las horas lectivas mínimas establecidas para el año escolar.