Retorno semipresencial
y presencial a colegios debe considerar 3 condiciones básicas: de contexto, de
bioseguridad y sociales, indican autoridades educativas.
El Ministerio de Educación (Minedu) publicó las
orientaciones para la prestación gradual, voluntaria, flexible y segura de los
servicios educativos a distancia, semipresencial y presencial en las
instituciones públicas y privadas y programas educativos ubicados en los
ámbitos rurales y urbanos del país.
Como se sabe, en el primer mes del año escolar 2021, todas las
instituciones educativas o programas educativos ofrecerán el servicio educativo
a distancia hasta que el Minedu disponga el inicio del retorno a clases con
algún grado de presencialidad.
Al respecto, el retorno semipresencial y presencial a las instituciones
educativas debe considerar de manera concurrente tres condiciones básicas: de
contexto, de bioseguridad y sociales.
Las condiciones de contexto permiten identificar las escuelas que en un
distrito estarían habilitadas para prestar el servicio educativo tomando en
cuenta los indicadores epidemiológicos y territoriales. Las condiciones de
bioseguridad abarcan las acciones adoptadas en las propias instituciones para
garantizar un servicio de manera segura, en tanto las condiciones sociales consisten
en la voluntad y la conformidad de la comunidad con la prestación del servicio
educativo.
Las escuelas que cumplan las tres condiciones se consideran aptas para el
servicio con algún grado de presencialidad. En caso de que no se cumplan estas
condiciones, los colegios ofrecerán el servicio educativo a distancia.
La norma, publicada mediante la Resolución Ministerial N° 121-2021-MINEDU,
precisa que todas las instituciones y programas educativos deben elaborar un
plan de implementación para la prestación del servicio, sea o no sea
presencial.
El plan comprende las medidas para el acondicionamiento del local
educativo, como el aforo y uso de ambientes, el mantenimiento del local, la
limpieza y desinfección, ventilación, la organización del mobiliario, los
puntos de lavado y desinfección, las funciones del personal, entre otras.
Por otro lado, el Minedu dispuso la aplicación del Sistema de Seguimiento y
Alerta para el Retorno Seguro para el monitoreo y el cumplimiento de las
condiciones y las prácticas de prevención en cada institución educativa.
Consideraciones a tomar en cuenta
Además, la norma contiene un conjunto de consideraciones socioemocionales,
pedagógicas y de gestión en las escuelas. En todos los tipos de prestación de
servicio, el soporte socioemocional debe ser considerado un pilar de la
atención educativa para favorecer el bienestar y el desarrollo de los
aprendizajes, mientras que las consideraciones pedagógicas comprenden acciones
para la consolidación, la continuidad y el reforzamiento de los
aprendizajes.
De igual forma, se plantean una serie de medidas de gestión sobre la
prevención del contagio del Covid-19, la protección personal, el monitoreo de
las condiciones de salud del personal y de los estudiantes, el funcionamiento
del local educativo, la comunicación con la comunidad y acciones para el inicio
y el desarrollo de la jornada escolar.
Principios del retorno
En las orientaciones se precisa que todo servicio educativo debe considerar
cuatro principios: seguridad, flexibilidad, gradualidad y voluntariedad. El
retorno debe ser seguro, es decir, que garantice un conjunto de medidas
sanitarias, epidemiológicas y protocolos de prevención de bioseguridad, y
flexible, que permita adaptarse a los cambios tomando en cuenta las
consideraciones pedagógicas, socioemocionales, de gestión escolar y los tipos
de servicio.
Asimismo, debe ser gradual, pues el retorno a la presencialidad o
semipresencialidad implica un tránsito progresivo y ordenado sobre la base de
la confianza de la comunidad educativa; además, es voluntario, ya que las
familias decidirán el tipo de servicio (a distancia, semipresencial o
presencial) que recibirán sus hijos en coordinación con la institución
educativa.