CONTACTOS

→ Cel. #963279819
→ Watssap: 963279819
→ E-mail: hchoquehuancaci@gmail.com
→ Facebook:https://www.facebook.com/noticiasprensalibreGo///

Cierre de brecha digital

CONTRATO DOCENTE 2021

07 marzo 2018

MINEDU: Marco de evaluación de la competencia lectora de PISA 2018


En PISA 2018, el énfasis de la evaluación se encuentra en la competencia lectora y, por eso, se revisa en profundidad el marco de evaluación por tercera vez. Esta revisión refleja los cambios en la definición de la competencia, así como los contextos de uso en la vida de los ciudadanos. La presente revisión del marco se basa en teorías integradoras y contemporáneas de la lectura. Además, considera cómo los estudiantes adquieren y utilizan información en diversos contextos.

Vivimos en un mundo cambiante, en el que tanto la cantidad como la variedad de materiales escritos está aumentando y donde se espera que más personas usen estos materiales de formas nuevas y cada vez más complejas. Actualmente, se admite que la comprensión de la competencia lectora evoluciona según los cambios en la sociedad y en la cultura. Las habilidades de lectura, necesarias para el desarrollo individual, el éxito educativo, la participación económica y ciudadana, son diferentes a las de hace 20 años; y es probable que estas cambien aún más en los próximos 20 años.

El objetivo de la educación ha cambiado. El énfasis en el recojo y la memorización de la información ha sido reemplazado por un concepto más amplio de conocimiento: "ya sea para un técnico o un profesional, el éxito se encuentra en ser capaz de comunicar, compartir y utilizar información para resolver problemas complejos, en ser capaz de adaptarse e innovar en respuesta a las nuevas demandas y circunstancias cambiantes, en ser capaz de dirigir y expandir el poder de la tecnología para crear nuevo conocimiento y expandir la capacidad humana y la productividad" (Binkley et ál., 2010, p. 1). La capacidad de localizar, acceder, comprender y reflexionar sobre todo tipo de información es esencial para que los individuos puedan participar plenamente en una sociedad basada en el conocimiento. El desarrollo de la competencia lectora no es solo una base para el logro en otras áreas curriculares del sistema educativo, sino también requisito previo para la participación exitosa en muchas áreas de la vida adulta (Cunningham y Stanovich, 1998; OCDE, 2013a; Smith, Mikulecky, Kibby, y Dreher, 2000). Entonces, el marco PISA para la evaluación de la competencia lectora de estudiantes próximos a terminar la educación obligatoria debe enfocarse en las habilidades de lectura que incluyen localizar, seleccionar, interpretar, integrar y evaluar información de una variedad de textos, asociados a situaciones que van más allá del aula.


DESCARGAR: Marco de evaluación de la competencia lectora de PISA 2018 (.PDF)
www.umc.minedu.gob.pe/wp-content/uploads/2017/11/Marco-teorico-Pisa-2018.pdf

MINEDU: Las regiones del país ya recibieron materiales educativos para periodo del año 2018.


Ministro Vexler visitó colegios en Iquitos: La distribución de materiales educativos para el buen año escolar 2018 comenzó en junio pasado y, a una semana del inicio de clases, ya se completó la entrega en todas las regiones del país, informó hoy el ministro de Educación, Idel Vexler.

Según el último reporte del Ministerio de Educación (Minedu), actualizado al 5 de marzo, las 26 direcciones regionales de educación ya recibieron la totalidad de materiales que les corresponde al igual que las 221 unidades de gestión educativa local (UGEL) que funcionan en todo el país.

Más de 30 millones de materiales educativos -entre textos escolares, cuadernos de trabajo, kits pedagógicos y otros-, valorizados en 287 millones de soles, conforman la dotación del año 2018 para casi 7 millones de estudiantes de más de 80 mil instituciones públicas.

El último fin de semana llegó a las últimas 5 unidades de gestión educativa el material educativo que faltaba. En este grupo se encuentran la de Putumayo, en Loreto; la de Pichari-Kimbiri-Villa Virgen, en Cusco; y las de Tarma, Río Tambo y Pichanaki ubicadas en Junín.


"Lo importante es que los libros lleguen a los colegios de todo el Perú y a la fecha tenemos un 80% de avance. Por eso exhorto a los gobernadores regionales y directores de las UGEL para que verifiquen que así sea", dijo.


Vexler brindó estas declaraciones tras visitar los colegios N° 60826 Eleodoro Bustamante López y Rosa Agustina Donayre de Morey de Iquitos, que se encuentran listos para comenzar las clases este 12 de marzo para 275 y 2956 alumnos, respectivamente.

El primer fue mejorado gracias a un convenio entre el Minedu y el Gobierno Regional de Loreto, mientras que el Rosa Agustina recibió 25 mil soles para mantenimiento preventivo y durante el 2018 se le asignarán 16 mil soles adicionales.

Además, está recibiendo el apoyo de miembros de las Fuerzas Armadas en la limpieza y pintado de sus instalaciones.

Región Loreto

Para el año 2018, el Minedu, a través del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (Pronied), ha previsto invertir 60 millones de soles en la región Loreto.

De este monto, 24 millones de soles serán para 22 instituciones educativas nuevas, 30 millones de soles para mantenimiento preventivo transferidos a los directores de colegios y 4.7 millones de soles para instalar 53 módulos prefabricados en 15 colegios.

A esto hay que agregar 265 mil soles en reposición de mobiliario y equipamiento para 19 instituciones educativas.

06 marzo 2018

Continúan las inscripciones del Curso virtual autoformativo sobre el Currículo Nacional de la Educación Básica

En el marco de la implementación del Currículo Nacional, aprobada mediante R. M. N.° 627-2016, el Ministerio de Educación ha dispuesto un conjunto de acciones orientadas a desarrollar dicho proceso de manera gradual y progresiva. Una de estas acciones es el curso virtual sobre el Currículo Nacional de la Educación Básica.

¿Cuál es el objetivo del curso?
Promover que los actores de la comunidad educativa conozcan, comprendan y se familiaricen con el contenido y estructura del Currículo Nacional de la Educación Básica.

Para alcanzar este objetivo se requiere conformar grupos de estudio para el análisis, reflexión y discusión sobre la propuesta educativa nacional que presenta el Currículo Nacional. Esto también permitirá que cada institución identifique las perspectivas y desafíos que plantea su implementación.


¿Cómo está organizado el curso virtual?
El curso virtual contiene un módulo de inducción que orientará al usuario a utilizar adecuadamente los recursos y herramientas del aula virtual y seis módulos sobre el contenido del Currículo Nacional.



¿Qué actividades se han planificado?
  • Preguntas variadas.
  • Fomento de la autoevaluación.
  • Actividad individual.
  • Vincula el material con la experiencia.
  • Promueve la discusión y argumentación.
  • Se ha contemplado mecanismos de retroalimentación.
  • Promueve el análisis de casos y la elaboración de propuestas.
  • Se desarrolla de manera grupal.
  • Permite recoger información para mejorar la propuesta planteada.


¿Con qué materiales y recursos se contará?
  • Videos
  • Lecturas
  • Bibliografía complementaria
  • Videoteca



¿Cuánto dura el curso?
El curso tiene una duración de 8 semanas. Requiere de un tiempo de estudio aproximado de 60 horas. Se emitirá constancia de participación a las personas que hayan realizado todas las actividades propuestas según los criterios establecidos: revisión del material (videos, lecturas), elaboración de tareas, respuestas a los foros y cuestionarios.


¿Quiénes participarán?
En el 2017 se inició la implementación del Currículo Nacional en las instituciones educativas públicas de educación primaria polidocentes completas y en todas las instituciones educativas privadas de educación primaria focalizadas. Por ello, el que el curso virtual, en la primera etapa, estuvo dirigido a directivos y docentes de dichas instituciones, así como a los directores/jefes de gestión pedagógica de primaria de las DRE y UGEL, acompañantes pedagógicos, especialistas pedagógicos de primaria de las DRE, UGEL, de la sociedad civil y del Minedu.

En las últimas dos ediciones de ese año, respondiendo a la demanda que había tenido, estuvo dirigido tanto a los docentes y directivos de las
II. EE. focalizadas de primaria como a los docentes y directivos de inicial y secundaria, así como a los acompañantes pedagógicos y especialistas de DRE y UGEL de esos niveles.

La segunda edición de este año estará dirigida a docentes y directivos de primaria que no llevaron o no culminaron el curso en ediciones pasadas.



¿Cuándo se realizarán las inscripciones?
Las inscripciones se podrán realizar hasta el 11 de marzo a través de la plataforma PerúEduca.


¿Cuándo comenzará la primera edición del curso en 2018?
La segunda edición de este año comenzará el 19 de Marzo.


¿Cómo me inscribo al curso?
El director o directora de la IE será quien lleve a cabo este proceso inscribiéndose e inscribiendo a los docentes a su cargo en el curso, previa coordinación con cada uno de ellos.

El participante debe contar, antes de la inscripción, con una cuenta personal en la plataforma PerúEduca. Si tiene dificultades de acceso a la plataforma, deberán ingresar aquí.



A escasos días de iniciar las clases escolares, el titular de educación Idel Vexler, informó que ya se completó la entrega de materiales educativos, en las 221 UGEL de todo el país.

Todas las regiones del país ya recibieron materiales educativos para escolares.


Ministro de Educación, Idel Vexler, informó que ya se completó la entrega en las 221 unidades de gestión educativa local.


Dotación del 2018 beneficiará a casi 7 millones de alumnos de más de 80 mil escuelas públicas.

La distribución de materiales educativos para el buen año escolar 2018 comenzó en junio pasado y, a una semana del inicio de clases, ya se completó la entrega en todas las regiones del país, informó hoy el ministro de Educación, Idel Vexler, al monitorear la llegada de textos y otros artículos en escuelas públicas de Iquitos.

Según el último reporte del Ministerio de Educación (Minedu), actualizado al 5 de marzo, las 26 direcciones regionales de educación ya recibieron la totalidad de materiales que les corresponde al igual que las 221 unidades de gestión educativa local (UGEL) que funcionan en todo el país.

Más de 30 millones de materiales educativos -entre textos escolares, cuadernos de trabajo, kits pedagógicos y otros-, valorizados en 287 millones de soles, conforman la dotación del año 2018 para casi 7 millones de estudiantes de más de 80 mil instituciones públicas.

El último fin de semana llegó a las últimas 5 unidades de gestión educativa el material educativo que faltaba. En este grupo se encuentran la de Putumayo, en Loreto; la de Pichari-Kimbiri-Villa Virgen, en Cusco; y las de Tarma, Río Tambo y Pichanaki ubicadas en Junín.

"Lo importante es que los libros lleguen a los colegios de todo el Perú y a la fecha tenemos un 80% de avance. Por eso exhorto a los gobernadores regionales y directores de las UGEL para que verifiquen que así sea", dijo.

El ministro Vexler brindó estas declaraciones tras visitar los colegios N° 60826 Eleodoro Bustamante López y Rosa Agustina Donayre de Morey de Iquitos, que se encuentran listos para comenzar las clases este 12 de marzo para 275 y 2956 alumnos, respectivamente.

El primero fue mejorado gracias a un convenio entre el Minedu y el Gobierno Regional de Loreto, mientras que el Rosa Agustina recibió 25 mil soles para mantenimiento preventivo y durante el 2018 se le asignarán 16 mil soles adicionales. Además, está recibiendo el apoyo de miembros de las Fuerzas Armadas en la limpieza y pintado de sus instalaciones.

REGION LORETO 
Para el año 2018, el Minedu, a través del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, ha previsto invertir 60 millones de soles en la región Loreto. De este monto, 24 millones de soles serán para 22 instituciones educativas nuevas, 30 millones de soles para mantenimiento preventivo transferidos a los directores de colegios y 4.7 millones de soles para instalar 53 módulos prefabricados en 15 colegios.

A esto hay que agregar 265 mil soles en reposición de mobiliario y equipamiento para 19 instituciones educativas.


Este lunes 12 de Marzo iniciarán las Clases Escolares 2018, informó el Ministerio de Educación.


Ministro Vexler dijo que Gobierno ha destinado 3,000 millones de soles en mejora de infraestructura de colegios: Las clases en todos los colegios públicos a escala nacional se iniciarán indefectiblemente el próximo lunes 12 de marzo, aseguró hoy el ministro de Educación, Idel Vexler, quien garantizó que los planteles se encuentran en buenas condiciones.


"No existe ningún problema y las clases se inician indefectiblemente este lunes 12 de marzo. Yo pido tranquilidad y que vayamos todos juntos por un buen año escolar 2018", manifestó


Aseguró que el 24% de colegios públicos a escala nacional se encuentran en óptimas condiciones con infraestructura moderna listos para recibir a los estudiantes.

Aclaró, sin embargo, que el resto de colegios tienen infraestructuras antiguas, pero que funcionan bien porque reciben el respectivo mantenimiento preventivo para poder albergar a la población estudiantil.


"El hecho de que no sean colegios modernos, fabricados o construidos en los últimos tiempos no quiere decir que no estén en condiciones de recibir a los alumnos", aseveró Vexler.


Dirigiéndose a los padres de familia, Vexler les aseguró que sus hijos iniciarán sus clases en locales que tienen todas las condiciones de seguridad para el desarrollo normal del año escolar.

Informó que hay cerca de 100 colegios públicos nuevos, 205 colegios que están siendo refaccionados con apoyo de personal de las Fuerzas Armadas, mientras que se están repartiendo 3,000 aulas prefabricadas para los lugares afectados por el Niño Costero.


"Estamos invirtiendo más de 3,000 millones de soles en la mejora de la infraestructura. Todos los directores tienen 25,000 soles para poner el colegio en las mejores condiciones", señaló.

02 marzo 2018

Incrementan cuatro (04) horas pedagógicas semanales a la jornada de trabajo de los profesores nombrados y contratados de Educación Básica Alternativa (EBA).

Aprueban incremento de horas pedagógicas en la jornada de trabajo de los profesores nombrados y contratados del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa y establece otras disposiciones.




EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 56 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que el profesor percibe una remuneración íntegra mensual de acuerdo a su escala magisterial y jornada de trabajo; y que esta comprende las horas de docencia en el aula, preparación de clases y evaluación, actividades extracurriculares complementarias, trabajo con las familias y la comunidad y apoyo al desarrollo de la institución educativa;
Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 65 de la citada Ley, modificado por el artículo 2 de la Ley Nº 30541, en el área de gestión pedagógica la jornada de trabajo del profesor con aula a cargo es de treinta y dos (32) o treinta y cinco (35) horas pedagógicas semanales - mensuales, las cuales pueden ser lectivas o no lectivas, según modalidad, forma, nivel o ciclo educativo en el que presta servicio; y cuando el profesor trabaja un número de horas adicionales por razones de disponibilidad de horas en la institución educativa, el pago de su remuneración está en función al valor de la hora pedagógica;
Que, en el marco de lo establecido en la Décima Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, incorporada por el artículo 3 de la Ley Nº 30541, para la implementación de la jornada de trabajo del profesor con aula a cargo que se desempeña en el área de gestión pedagógica prevista en el literal a) del artículo 65 de dicha Ley, a partir del año 2017 podrá incrementarse a razón de no más de dos (2) horas pedagógicas semanales por año, hasta alcanzar la jornada a que se hace referencia en dicho artículo;
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, señala que el Contrato de Servicio Docente regulado en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, tiene por finalidad permitir la contratación del profesorado en instituciones educativas públicas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, siendo dicho contrato de plazo determinado;
Que, con el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 305-2017-EF se modificó el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 226-2015-EF, modificado por los Decretos Supremos Nº 159-2016-EF y Nº 191-2017-EF, estableciéndose que el profesorado contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente percibe una remuneración mensual de acuerdo con la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, regulada en la Ley Nº 29944; siendo que para el caso de los profesores del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa su jornada de trabajo es de veintiséis (26) horas pedagógicas semanales - mensuales y le corresponde percibir una remuneración mensual de S/ 1 733,42 (MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES Y 42/100 SOLES);
Que, el literal a) del numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, exceptúa al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2018, de lo establecido en el artículo 6 y en el numeral 9.1 del artículo 9 de la mencionada Ley, según corresponda, para incrementar por única vez, mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último, la jornada laboral hasta treinta (30) horas pedagógicas de los profesores nombrados y contratados de las instituciones educativas del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa, en el marco de la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30328; y que para tal efecto, el Ministerio de Educación queda exceptuado de la aplicación del límite máximo de horas de incremento por año dispuesto en la Décima Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley 29944, modificada por la Ley Nº 30541;
Que, en ese marco, la Dirección de Educación Básica Alternativa de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural del Ministerio de Educación, a través del Oficio Nº 017-2018-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEBA e Informe Nº 747-2017-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA/DEBA, sustenta y propone, en el ámbito de sus competencias, la necesidad de incrementar cuatro (4) horas pedagógicas semanales a la jornada de trabajo de los profesores nombrados y contratados de las instituciones educativas públicas del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa; y, como consecuencia de ello, establecerles una jornada de trabajo de treinta (30) horas pedagógicas semanales - mensuales, y para el caso de los profesores contratados en el marco del Contrato de Servicio Docente, establecerles el monto de su correspondiente remuneración mensual;
Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto del Ministerio de Educación, mediante el Informe Nº 022-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, señala que cuenta con los recursos necesarios para el financiamiento de las medidas referidas a incrementar cuatro (4) horas pedagógicas semanales a la jornada de trabajo de los profesores nombrados y contratados de las instituciones educativas públicas del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa; en virtud de lo cual mediante Oficio Nº 00924-2018-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a las disposiciones para el incremento de horas pedagógicas;
Que, en consecuencia, resulta necesario establecer el incremento de horas pedagógicas en la jornada de trabajo de los profesores nombrados y contratados del ciclo avanzado de la educación básica alternativa y establece otras disposiciones, conforme a lo indicado en los considerandos precedentes;
Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las escalas remunerativas y beneficios de toda índole, así como los reajustes de las remuneraciones y bonificaciones que fueran necesarios durante el Año Fiscal para los pliegos presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la Ley General, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector;
Que, de otro lado, mediante Oficio Nº 036-2018- MINEDU/VMGP, el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación solicita la modificación del plazo establecido en el literal b) del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 418-2017-EF, para efectuar la actualización de información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, así como la utilización de dicha información como base de cálculo para la realización de transferencias de recursos a las universidades públicas en el marco de dicha norma;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y modificatorias; la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones; y la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1.- Del incremento de horas
Increméntese cuatro (04) horas pedagógicas semanales a la jornada de trabajo de los profesores nombrados y contratados de las instituciones educativas públicas del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa, en el marco de la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30328; y en consecuencia, establézcase en treinta (30) horas pedagógicas semanales - mensuales la jornada de trabajo de los referidos profesores.
Artículo 2.- Modificación del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 226-2015-EF, modificado mediante Decretos Supremos Nºs. 159-2016-EF, 191-2017-EF y 305-2017-EF
Modifícase el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 226-2015-EF, modificado mediante Decretos Supremos Nºs. 159-2016-EF, 191-2017-EF y 305-2017-EF, que establece el monto, criterios y condiciones de la remuneración mensual, las bonificaciones por condiciones especiales de servicio y las vacaciones truncas a otorgarse al profesorado contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente, conforme al texto siguiente:
“Artículo 1.- Remuneración Mensual del Profesorado Contratado
El profesorado contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente percibe una remuneración mensual de acuerdo con la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, regulada en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, según el siguiente detalle:
Modalidad / Forma
Nivel / Ciclo
Jornada laboral
Remuneración mensual S/
Educación Básica Regular -
EBR
Inicial
30
2 000,10
Primaria
30
2 000,10
Secundaria
30
2 000,10
Educación Básica Especial -
EBE
Inicial
30
2 000,10
Primaria
30
2 000,10
Educación Básica Alternativa -
EBA
Inicial / Intermedio
30
2 000,10
Avanzado
30
2 000,10
Educación Técnico Productiva -
ETP
Básico y Medio
30
2 000,10
Para el profesorado contratado que labora menos de la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, el pago de la remuneración mensual se realiza en forma proporcional a las horas contratadas.”
Artículo 3.- Modificación del literal b) de Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 418-2017-EF
Modifícase el literal b) de Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 418-2017-EF, que aprueba el monto de la remuneración mensual de los Docentes Contratados de la Universidad Pública; y establece los criterios y condiciones para la determinación y percepción del referido monto de remuneración, conforme al texto siguiente:
“Artículo 4.- Disposiciones para la implementación de la percepción de la remuneración del docente contratado de la universidad pública
Para la implementación de la percepción de la remuneración del docente contratado se establecen las siguientes disposiciones:
(...)
b) La universidad pública remite mediante oficio a la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación el reporte actualizado extraído del Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, en el cual se precise los registros que correspondan a los tipos de docente contratado, hasta el 28 de febrero o hasta el 25 de junio del 2018 para el trámite de la transferencia de recursos correspondiente.
(...)”.
Artículo 4.- Del financiamiento
La implementación de lo dispuesto en la presente norma, se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 5.- Vigencia
El presente Decreto Supremo entra en vigencia el 01 de marzo de 2018, salvo el artículo 3 que entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente norma.
Artículo 6.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil dieciocho.
MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ
Segunda Vicepresidenta de la República
Encargada del Despacho de la
Presidencia de la República
CLAUDIA MARÍA COOPER FORT
Ministra de Economía y Finanzas
IDEL ALFONSO VEXLER TALLEDO

Ministro de Educación

TEMARIOS: Concurso de Acceso a Cargos Directivos de IE y Especialistas en Educación de UGEL Y DRE 2018

El presente temario tiene el propósito de orientar a los participantes en la revisión de los conocimientos que serán evaluados en la Prueba Única Nacional del Concurso para el Ascenso de Escala Magisterial en el marco de la Ley de la Reforma Magisterial.

Temarios

Los temarios que se muestran a continuación tienen el propósito de orientar a los postulantes respecto a los aspectos que han sido considerados en la elaboración de las subpruebas de Conocimientos de Gestión y Conocimientos Pedagógicos de los concursos:
Subprueba de Conocimientos de Gestión
Subprueba de Conocimientos Pedagógicos