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08 diciembre 2020

EDUCACIÓN ¿Se privatiza la educación con resolución 326?

SUTEP y SIMAG. El Ministerio de Educación publicó norma que permite el ingreso de gestores privados a la administración de colegios públicos. La resolución puso los pelos de punta a los maestros que la reinterpretan como privatización del servicio educativo.

El Minedu publicó norma que permite el ingreso de gestores privados a la administración de colegios públicos.
El Minedu publicó norma que permite el ingreso de gestores privados a la administración de colegios públicos.

Un sector de maestros tiene la idea que el gobierno quiere privatizar la educación con la resolución ministerial 326-2020, emitida en agosto pasado. El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó esta norma técnica para regular y orientar los convenios para la gestión de instituciones de educación básica a cargo de entidades privadas sin fines de lucro.

Dentro de los requisitos de la norma, se pide que la entidad interesada en gestionar un colegio público, proponga solucionar problemas puntuales.

Para el dirigente del Sindicato Magisterial Regional de Arequipa, Walter Andía Salinas, la resolución es un atentado contra la educación pública y un claro inicio de la privatización de la misma. Cuestionó que el gobierno quiera desligarse de su función de brindar el servicio.

Andía dijo que las denominadas entidades sin fines de lucro buscarían los colegios más grandes para gestionarlos, no los más pequeños y alejados donde hay diversas necesidades.

Por su parte, el secretario regional del Sutep, Adolfo Quispe Aguilar, también rechazó la norma y manifestó que en el país no existen entidades privadas sin fines de lucro y que un claro ejemplo son los convenios vigentes en Arequipa. “El 85% de las 265 instituciones que son de convenio en la región han firmado los convenios con entidades religiosas y estas le cobran al padre de familia, no una pensión, sino un monto como acuerdo de Apafa”, indicó.

Lo que dice la norma

La resolución 326 establece que los convenios pueden ser suscritos por el Minedu o los gobiernos regionales, según corresponda. Pueden ser firmados hasta el último día hábil de julio del año anterior al siguiente periodo lectivo.

Entre los requisitos que pone el Minedu está que la entidad sin fines de lucro presente un informe técnico, precisando la necesidad de firmar un convenio. Las entidades pueden ser nacionales o extranjeras. Deben presentar su razón social, datos legales, cuál es su equipo técnico, tiempo de existencia. Los convenios tendrán una vigencia mínima de 4 y una máxima de 8 años.

El documento señala además que las entidades gestoras no deben realizar cobros de ninguna índole por el servicio educativo. El Estado seguirá asumiendo el financiamiento de los servicios de agua, energía eléctrica, internet, teléfono y tributos municipales. Así como mantenimiento del local, equipamiento, mobiliario, recursos y materiales educativos.

También continuará financiando plazas directivas, de docentes, auxiliares y personal administrativo.